Aprender a invertir
Fiscalidad de la inversión en España
La rentabilidad que importa es la que queda después de impuestos. En España, la diferencia entre un producto y otro puede suponer décadas de ventaja fiscal. Esto es lo esencial.
Los tipos del ahorro (2025)
| Base imponible del ahorro | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000€ | 19% |
| 6.000€ - 50.000€ | 21% |
| 50.000€ - 200.000€ | 23% |
| 200.000€ - 300.000€ | 27% |
| Más de 300.000€ | 28% |
Aplican a plusvalías, dividendos e intereses. Se compensan ganancias con pérdidas.
Cómo tributa cada producto
| Producto | Cuándo tributas | Particularidad clave |
|---|---|---|
| Acciones | Al vender (plusvalía) + dividendos cada año | No hay traspasos: vender siempre tributa |
| Fondos de inversión | Solo al reembolsar | Traspasos entre fondos SIN tributar |
| ETFs | Al vender, como las acciones | No disfrutan del régimen de traspasos |
| Bonos / letras | Intereses cada año + plusvalía al vender | Letras del Tesoro: retención del 19% |
| Cripto | Al vender o permutar (cambiar BTC por ETH también tributa) | Declaración informativa 721 si está en el extranjero |
El truco de los traspasos: la ventaja oculta de los fondos
En España puedes mover tu dinero de un fondo de inversión a otro sin pasar por Hacienda. La plusvalía acumulada se difiere hasta el reembolso final. Es una ventaja única en Europa y enormemente poderosa:
Imagina 100.000€ que se convierten en 200.000€ en un fondo. Quieres cambiar de estrategia. Con un fondo: traspasas los 200.000€ íntegros y siguen compounding. Con un ETF: vendes, pagas ~21.000€ de impuestos y solo reinviertes 179.000€. A 20 años, esa diferencia son decenas de miles de euros.
Por eso muchos inversores españoles combinan: fondos indexados traspasables(MSCI World de Vanguard, iShares, Amundi, Pictet...) como núcleo, y ETFs solo para lo que no exista en formato fondo.
Reglas que conviene conocer
Regla antiaplicación (2 meses): si vendes acciones o ETFs con pérdidas y recompras el mismo valor en los 2 meses siguientes (o anteriores), no puedes computar esa pérdida fiscalmente. En fondos el plazo es el mismo.
Compensación: las pérdidas compensan ganancias, y si te sobran, puedes arrastrarlas 4 años. Vender con pérdidas a final de año (tax loss harvesting) es legal y útil.
FIFO: al vender parcialmente, Hacienda considera que vendes primero las participaciones más antiguas.
¿Fondo o ETF para tu cartera?
La respuesta fiscal cambia según tu caso. Lo vemos en una sesión de educación financiera por WhatsApp.