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Aprender a invertir

Fiscalidad de la inversión en España

La rentabilidad que importa es la que queda después de impuestos. En España, la diferencia entre un producto y otro puede suponer décadas de ventaja fiscal. Esto es lo esencial.

Los tipos del ahorro (2025)

Base imponible del ahorroTipo
Hasta 6.000€19%
6.000€ - 50.000€21%
50.000€ - 200.000€23%
200.000€ - 300.000€27%
Más de 300.000€28%

Aplican a plusvalías, dividendos e intereses. Se compensan ganancias con pérdidas.

Cómo tributa cada producto

ProductoCuándo tributasParticularidad clave
AccionesAl vender (plusvalía) + dividendos cada añoNo hay traspasos: vender siempre tributa
Fondos de inversiónSolo al reembolsarTraspasos entre fondos SIN tributar
ETFsAl vender, como las accionesNo disfrutan del régimen de traspasos
Bonos / letrasIntereses cada año + plusvalía al venderLetras del Tesoro: retención del 19%
CriptoAl vender o permutar (cambiar BTC por ETH también tributa)Declaración informativa 721 si está en el extranjero

El truco de los traspasos: la ventaja oculta de los fondos

En España puedes mover tu dinero de un fondo de inversión a otro sin pasar por Hacienda. La plusvalía acumulada se difiere hasta el reembolso final. Es una ventaja única en Europa y enormemente poderosa:

Imagina 100.000€ que se convierten en 200.000€ en un fondo. Quieres cambiar de estrategia. Con un fondo: traspasas los 200.000€ íntegros y siguen compounding. Con un ETF: vendes, pagas ~21.000€ de impuestos y solo reinviertes 179.000€. A 20 años, esa diferencia son decenas de miles de euros.

Por eso muchos inversores españoles combinan: fondos indexados traspasables(MSCI World de Vanguard, iShares, Amundi, Pictet...) como núcleo, y ETFs solo para lo que no exista en formato fondo.

Reglas que conviene conocer

Regla antiaplicación (2 meses): si vendes acciones o ETFs con pérdidas y recompras el mismo valor en los 2 meses siguientes (o anteriores), no puedes computar esa pérdida fiscalmente. En fondos el plazo es el mismo.

Compensación: las pérdidas compensan ganancias, y si te sobran, puedes arrastrarlas 4 años. Vender con pérdidas a final de año (tax loss harvesting) es legal y útil.

FIFO: al vender parcialmente, Hacienda considera que vendes primero las participaciones más antiguas.

¿Fondo o ETF para tu cartera?

La respuesta fiscal cambia según tu caso. Lo vemos en una sesión de educación financiera por WhatsApp.